
Mediante la Disposición N° 1592/2025, publicada en el Boletín Oficial el 3 de noviembre de 2025, la Prefectura Naval Argentina aprobó el Volante Rectificativo N° 1-2025 a la Ordenanza N° 1/2008 (DPSN), Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”, titulada “Medidas sobre seguridad de la navegación”.
A través de esta actualización normativa, se incorpora al ordenamiento nacional la enmienda al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), efectuada por la Resolución MSC.532(107) adoptada por la Organización Marítima Internacional (OMI).
Dicha enmienda a la Regla V/19.2.12 del Convenio SOLAS exige que los buques portacontenedores y graneleros de arqueo bruto igual o superior a 3.000, construidos desde del 1° de enero de 2026, estén provistos de un clinómetro electrónico o de otro medio que permita determinar, mostrar en pantalla y registrar el movimiento de balance del buque.
Esta modificación tiene como finalidad reforzar la seguridad operacional, optimizando la medición y registro de los movimientos de balance, lo que contribuirá a una mayor precisión en el control de la estabilidad y a la prevención de incidentes en la navegación.
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