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Novedad Legislativa: Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional, Decreto Nº 340/2025

El 21 de mayo de 2025, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 340/2025, que aprueba el “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional”.

Entre sus principales medidas:

Se habilita a armadores nacionales y extranjeros con tratamiento de bandera nacional a solicitar el cese provisorio de la bandera argentina para inscribirse en registros extranjeros por un plazo máximo de 10 años.

Se establece que la dotación de los buques será determinada por el armador, según el tipo de operación y características del buque, sin perjuicio de las atribuciones de la Prefectura Naval para fijar la dotación mínima de seguridad conforme a normas técnicas internacionales.

Se declara servicio esencial a la navegación marítima y fluvial, estableciendo la obligación de garantizar prestaciones mínimas que aseguren la continuidad del servicio y contribuyan a mejorar su eficiencia y competitividad.

Se flexibilizan requisitos laborales y se eliminan trabas burocráticas para favorecer la competitividad del sector.

Asimismo, este régimen permite que, en ausencia de embarcaciones nacionales disponibles, se otorgue a buques de bandera extranjera permisos temporales para operar en el cabotaje nacional por hasta 180 días, renovables.

Puede acceder al texto completo del Decreto y Anexos siguiendo este enlace.

El equipo de IT&L

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